La reforma fiscal ha introducido modificaciones legales en las comunidades de propietarios que pueden afectar de forma negativa a los contribuyentes en su declaración de la renta, según informa el colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid).

Los cambios introducidos en la nueva normativa atañen en concreto a las subvenciones y alquileres de aquellos inmuebles que formen parte de la comunidad, así como su venta, de forma individual, ya que cada propietario debe tributar estos beneficios en su correspondiente declaración, por separado.

Por tanto, a partir de ahora, las comunidades de vecinos estarán obligadas a declarar por las subvenciones recibidas cuando el importe exceda los 3.000 euros.

En materia de rentas derivadas del alquiler hay que diferenciar los elementos comunes (por ejemplo, los locales) de las viviendas que son parte de la comunidad, ya que estos últimos gozan de ventajas fiscales.

Así, las viviendas intracomunitarias que sean parte del colectivo, como puede ser una portería, están exentas de IVA, por lo que no procederá la correspondiente liquidación. No ocurre lo mismo con los locales del inmueble, en cuyo caso la comunidad se considera sujeto pasivo de IVA.

En ambos casos el derecho español no reconoce la comunidad de vecinos como una persona jurídica, por lo que cada propietario tiene que reflejar este rendimiento en su declaración. MÍNIMO EXENTO Y EXENCIÓN FISCAL

La reforma acometida en subvenciones contiene algunas distinciones en lo referente a los rendimientos íntegros del trabajo o de otra naturaleza.

Con el reglamento establecido quedan exentos de declarar los contribuyentes que obtengan rentas por los rendimientos íntegros del trabajo con límite de 22.000 euros anuales, así como otros de diversa naturaleza siempre que no excedan los 1.000 euros anuales.

No obstante, puede ocurrir que aun percibiendo rendimientos del trabajo por importe inferior a 22.000 euros pero superior a 1.000 euros, quede obligado a presentar declaración de IRPF o incluso, que le resulte cuota a pagar.

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